jueves, 23 de agosto de 2012

CORRECCIÓN de errores en la Orden General de Vedas de Caza de Extremadura.

Aquí os dejo el documento en el cual vemos la corrección de errores que había en la la Orden de 30 de julio de 2012 General de Vedas de Caza en Extremadura.


Basicamente son dos:

En la página 17553, apartado 4 del artículo 1

Donde dice:
“4. En las zonas de caza limitada se limita el cupo de capturas por cazador y día a: 1 liebre, 2 perdices, 1 conejo”.

Debe decir:
“4. En las zonas de caza limitada sólo podrá cazarse en aquellas modalidades contempladas en el artículo 24.2 de la Ley 14/2010, de 9 de diciembre, de caza de Extremadura, limitándose el cupo de capturas por cazador y día a 1 liebre, 2 perdices, y 1 conejo”.

En la página 17553, apartado 1 del artículo 2

Donde dice:
“1. Media Veda
En cotos de caza, desde el 25 de agosto hasta el 16 de septiembre de 2012, ambos inclusive, durante sábados, domingos y festivos de carácter nacional o regional, sólo podrán cazarse las siguientes especies: tórtola común, palomas, estornino pinto, urraca, grajilla, codorniz, ánade real y zorro.
Para las especies tórtola común, codorniz y paloma torcaz se establece un cupo de 15 ejemplares por cazador, especie y día.

En el caso de realizar aportación de alimentación suplementaria la distancia mínima de colocación de los puestos al comedero deberá ser de 200 metros.”

Debe decir:
“1. Media Veda
En cotos de caza, desde el 25 de agosto hasta el 16 de septiembre de 2012, ambos inclusive, durante sábados, domingos y festivos de carácter nacional o regional, sólo podrán cazarse desde puesto fijo las especies tórtola común, palomas, estornino pinto, urraca, grajilla, ánade real y zorro y codorniz al salto.

Para las especies tórtola común, codorniz y paloma torcaz se establece un cupo de 15 ejemplares por cazador, especie y día.

En el caso de realizar aportación de alimentación suplementaria la distancia mínima de colocación de los puestos al comedero deberá ser de 200 metros”.

 Fuente: El DOE

 Alex. Geexcaza

No hay comentarios:

Publicar un comentario