jueves, 23 de agosto de 2012

CORRECCIÓN de errores en la Orden General de Vedas de Caza de Extremadura.

Aquí os dejo el documento en el cual vemos la corrección de errores que había en la la Orden de 30 de julio de 2012 General de Vedas de Caza en Extremadura.


Basicamente son dos:

En la página 17553, apartado 4 del artículo 1

Donde dice:
“4. En las zonas de caza limitada se limita el cupo de capturas por cazador y día a: 1 liebre, 2 perdices, 1 conejo”.

Debe decir:
“4. En las zonas de caza limitada sólo podrá cazarse en aquellas modalidades contempladas en el artículo 24.2 de la Ley 14/2010, de 9 de diciembre, de caza de Extremadura, limitándose el cupo de capturas por cazador y día a 1 liebre, 2 perdices, y 1 conejo”.

En la página 17553, apartado 1 del artículo 2

Donde dice:
“1. Media Veda
En cotos de caza, desde el 25 de agosto hasta el 16 de septiembre de 2012, ambos inclusive, durante sábados, domingos y festivos de carácter nacional o regional, sólo podrán cazarse las siguientes especies: tórtola común, palomas, estornino pinto, urraca, grajilla, codorniz, ánade real y zorro.
Para las especies tórtola común, codorniz y paloma torcaz se establece un cupo de 15 ejemplares por cazador, especie y día.

En el caso de realizar aportación de alimentación suplementaria la distancia mínima de colocación de los puestos al comedero deberá ser de 200 metros.”

Debe decir:
“1. Media Veda
En cotos de caza, desde el 25 de agosto hasta el 16 de septiembre de 2012, ambos inclusive, durante sábados, domingos y festivos de carácter nacional o regional, sólo podrán cazarse desde puesto fijo las especies tórtola común, palomas, estornino pinto, urraca, grajilla, ánade real y zorro y codorniz al salto.

Para las especies tórtola común, codorniz y paloma torcaz se establece un cupo de 15 ejemplares por cazador, especie y día.

En el caso de realizar aportación de alimentación suplementaria la distancia mínima de colocación de los puestos al comedero deberá ser de 200 metros”.

 Fuente: El DOE

 Alex. Geexcaza

martes, 7 de agosto de 2012

Orden General de Vedas en la Comunidad de Extremadura 2012/2013

"Más vale tarde que nunca"
En Extremadura ya disponemos de la orden de vedas para la temporada 2012/2013.

En el siguiente enlace pueden ver dicha orden.


Entre los objetivos de especial relevancia de la orden de vedas:

Media veda.
En cotos de caza, desde el 25 de agosto hasta el 16 de septiembre de 2012, ambos inclusive, durante sábados, domingos y festivos de carácter nacional o regional, sólo podrán cazarse las siguientes especies: tórtola común, palomas, estornino pinto, urraca, grajilla, codorniz, ánade real y zorro.
La codorniz se elimina el trámite de tener que solicitar su caza en media veda.

La caza menor general.


Desde el 12 de octubre de 2012 al 6 de enero de 2013, “primer periodo”,  del 7 de enero de 2013 al 28 de febrero 2013, “segundo periodo”.  
 
En los cotos sociales y para el periodo del 12 de octubre de 2012 al 6 de enero de 2013, cuando los titulares así lo soliciten a la Dirección General de Medio Ambiente antes del 1 de octubre de 2012, podrá autorizarse el jueves como día hábil en lugar del sábado o domingo (Modelo de solicitud Anexo II).

Los titulares de cotos privados podrán planificar y distribuir su temporada de caza para cada uno de los periodos hábiles fijados en apartado 1 del articulo 1 de la orden de vedas, es decir, del 12 de octubre de 2012 al 6 de enero de 2013 y del 7 de enero de 2013 al 28 de febrero 2013.

Se cierra la caza de conejos y liebres con escopeta el día 6 de enero en lugar del 25 de diciembre. También se retrasa el cierre de la caza de zorzal y paloma al 28 de febrero.

En el zorzal se introduce como novedad que no se puede cazar dos días seguidos en la denominada prórroga siendo los días hábiles jueves y sábados o domingos. Desde el día 7 de enero hasta el 28 de febrero, ambos inclusive, del año 2013.  
Los titulares cotos privados y cotos sociales deberán solicitar antes del 15 de diciembre la opción de cazar el sábado o el domingo, en caso contrario se considerará como día hábil el domingo.

En la caza de zorros con perros en madriguera se cierra la temporada el día 31 de marzo en lugar del 15 de abril.
   
En caza mayor:

La temporada de caza mayor en general va desde el 12 de octubre al 17 de febrero.

Se cambian las autorizaciones para las monterías, batidas y ganchos, y pasan a formularse mediante comunicaciones previas en acciones ordinarias de caza.

En jabalí en espera o rececho se limita el periodo hábil en cotos abiertos, desde el 1 de mayo al 31 de diciembre.

Desaparece el concepto de caza selectiva y se cambia por caza de gestión.

 Fuente: El DOE

 Alex. Geexcaza